¿Cuántas plazas disponibles hay en cada grado?
• 165 plazas para Enfermería, repartidas en turno de mañana y turno de tarde
• 60 plazas para Terapia Ocupacional en turno de mañana.
¿Cuál es el horario de las clases?
• El turno de mañana es de 8:00 a 14:30 h
• El de tarde de 15:00 a 21:00 h.
¿Cuántas horas de prácticas tengo que hacer?
Tal y como establece el Real Decreto 1393/2007.
• Un mínimo de 2300 horas en el caso de Enfermería.
• Un mínimo de 1200 horas en el caso de Terapia Ocupacional.
¿Me puedo matricular a más de una mención?
• En los estudios de Grado de Enfermería puedes combinar las asignaturas renunciando a la mención.
• En el de Terapia Ocupacional, la mención la determina la práctica externa.
¿Cuántos créditos tengo que aprobar para finalizar los estudios?
• Para finalizar el grado, tienes que superar 240 ECTS.
¿Puedo cursar un doble grado de Enfermería y Terapia Ocupacional?
• Esta opción no está contemplada.
¿Cuándo y cómo debo hacer la automatrícula?
El periodo para la automatrícula de grado siempre es durante la segunda quincena de julio. Te recomendamos consultar las fechas concretas en Moodle.
Tienes que realizar la automatrícula desde el Campus Virtual>Mis trámites>Alta matrícula
Consulta aquí el manual de instrucciones de rematrícula.
Tengo carnet de familia numerosa/otras gratuidades. ¿Qué debo hacer antes de la automatrícula?
Deberás presentar el documento acreditativo vigente.
Recuerda que deberás enviarlo en formato pdf. a serveisacademics@euit.fdsll.cat.
Consulta en el Moodle las fechas para realizar esta gestión.
Tengo una situación especial, ¿qué debo hacer antes de realizar la automatrícula?
Deberás solicitar a través del Campus Virtual>Mis trámites>Solicitud de instancias alguna de estas situaciones especificadas y esperar a recibir la resolución.
→ Solicitud de 4a matrícula extraordinaria
→ Solicitud de cambio de régimen de dedicación (tiempo parcial/total – tiempo total/parcial)
→ Solicitud de matrícula de menos de 24 créditos
→ Solicitud de cambio de turno justificado
→ Solicitud de aplazamiento de matrícula en septiembre
→ Solicitud de reserva de plaza durante un curso
Consulta aquí los tipos de solicitud de instancias y el calendario de presentación.
¿Debo firmar la hoja de matrícula?
Con la automatrícula, el estudiante queda exento de firmar la matrícula, tan sólo en el caso de necesitar el sello, puede imprimirla y pedirlo.
Quiero cambiar la cuenta bancaria, ¿qué debo hacer?
En este caso, debes ponerte en contacto con el Departamento Económico y Financiero (def@euit.fdsll.cat).
¿De cuántos créditos debo matricularme?
Es necesario recordar el régimen de permanencia de los créditos de matrícula según estudios totales o estudios parciales.
Es obligatorio matricularse de las asignaturas suspendidas, no superadas y no evaluadas.
→ Estudios parciales: de 24 a 42 ECTS
→ Estudios totales: de 43 a 78 ECTS
¿Qué debo hacer si tengo asignaturas en 4ª matrícula?
Hay que pedir autorización antes de proceder a la automatrícula. Es necesario enviar una instancia de solicitud detallando el código y la asignatura o asignaturas que requieren esa solicitud por parte del estudiante.
La gestión académica autorizará a la automatrícula en cumplimiento de la normativa de régimen de permanencia.
Quiero finalizar los estudios en convocatoria extraordinaria, ¿qué debo hacer?
Después de realizar tu automatrícula, y en el caso de que optes por finalizar los estudios en convocatoria extraordinaria de cierre de actas de 1er semestre, debes entrar en el espacio «solicitud de instancias» que encontrarás en el Campus Virtual, apartado mis trámites, y solicites la autorización detallando la/s asignatura/s que te falten finalizar.
Sólo asignaturas anuales y de 2º semestre con independencia de que se finalice la actividad antes.
¿Tengo algún descuento si he obtenido una Matrícula de Honor?
Sí. El descuento es automático según los créditos obtenidos de Matrícula de Honor.
¿Se puede devolver el dinero?
Sí. Según calendario académico/administrativo y presentando la instancia de solicitud adecuada que encontrará en el Campus Virtual (apartado trámites), según sea la demanda y el calendario establecido.
Consulta aquí la información relativa al pago de los estudios.
Quiero matricular la asignatura “Legislación y evaluación de la autonomía personal y la dependencia” de los estudios de Terapia Ocupacional
Esta asignatura tiene limitada la matrícula a 20 estudiantes (grupo 1). Agotadas las plazas no se permitirán más matrículas.
¿Puedo matricularme en las dos prácticas externas de 4º curso?
No. Solo puedes optar a cursar una de las dos asignaturas.
Soy estudiante de Enfermería y quiero hacer un cambio de turno
Se considera cambio de turno pasar de mañana a tarde o de tarde a mañana.
Puede enviarse la solicitud que se encuentra en el Campus Virtual, apartado mis trámites, antes del 12 de julio.
Es necesario justificar la petición del cambio
→ Laborales: con certificado de empresa con horario laboral. El contrato laboral no.
En ningún caso se considera cambio de turno el solapamiento de asignaturas. Esta incidencia se tratará directamente con coordinación de asignatura y/o coordinación de curso, y en la automatrícula tendrá opción de elegir turno como asignatura repetidora.
¿Cuál es el marco legal de la cotización de prácticas externas?
La disposición adicional (DA) 52ª del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), sobre inclusión en el sistema de la Seguridad Social del alumnado que lleve a cabo prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación.
¿A partir de qué fecha cotizan las prácticas externas?
A partir del 1 de enero de 2024.
¿En qué estudios de la FDSL es obligatoria la inclusión de las prácticas externas en el sistema de la Seguridad Social?
En los estudios de grado, en los estudios propios de máster de formación permanente, en los diplomas de especialización o diplomas de experto, y en todos los estudios de formación profesional.
¿Qué asignaturas de prácticas de la FDSL se deben incluir en el sistema de la Seguridad Social?
Todas las prácticas académicas externas.
¿Deben incluirse en el Sistema de la Seguridad Social otras tipologías de prácticas que formen parte de los programas formativos de la FDSL?
Deben cotizar solo las prácticas académicas externas, esto es, que impliquen una estancia en una empresa, institución o la misma FDSL, en el marco de un convenio de cooperación educativa, que el estudiante realice de manera autónoma, y dispongan de tutor/a académico/a y tutor/a de la entidad.
Los trabajos de fin de estudios de titulaciones de la FDSL realizados en una entidad, institución, empresa o la misma FDSL, ¿se tienen que incluir en el sistema de la Seguridad Social?
NO, aunque puede ser que exista un convenio de colaboración institucional para dar cobertura a algunas actividades realizadas en el marco del trabajo de fin de estudios.
¿Las prácticas externas curriculares se pueden realizar sin haber formalizado la matrícula de la asignatura de prácticas?
NO. Para realizar unas prácticas externas es obligatorio haber realizado previamente la matrícula de la asignatura vinculada al plan de estudios.
¿El estudiantado de acogida matriculado a la FDSL (movilidad IN) en el marco de un programa de movilidad, que realiza unas prácticas académicas externas en España, se tiene que incluir en el sistema de la Seguridad Social?
NO. Estos estudiantes no tienen que cotizar.
¿El estudiantado de la FDSL (movilidad OUT) que, en el marco de un programa de movilidad, realiza unas prácticas académicas externas durante la estancia en una universidad de acogida, se tiene que incluir al sistema de la Seguridad Social?
¿El estudiantado extranjero que haya obtenido el acceso para cursar unos estudios en la FDSL tiene que ser incluido en el sistema de la Seguridad Social?
Las personas que hayan obtenido el acceso para cursar unos estudios en la FDSL con el objetivo de finalizar una titulación, hayan formalizado una matrícula y deban realizar una práctica académica externa curricular en territorio español, SÍ se tienen que incluir en el sistema de la Seguridad Social.
¿El estudiantado extranjero matriculado en la FDSL para realizar estudios online y que realiza prácticas académicas externas obligatorias, pero totalmente online (sin salir de su país), tiene que incluirse en el sistema de la Seguridad Social?
NO se debe incluir en el Sistema de la Seguridad Social el alumnado extranjero matriculado en la FSDL en estudios totalmente online, porque no realiza ni estudios ni prácticas en España, sino que lo realiza desde otro país.
¿Qué entidad realiza el alta del estudiantado de la FDSL en el caso de las prácticas académicas externas NO remuneradas?
¿Qué es el NSS, NAF o NUSS?
El Número de la Seguridad Social (NUSS o NSS) o, lo que es lo mismo, el Número de Afiliación a la Seguridad Social (NAF), es un código numérico de 12 dígitos, único y personal que identifica a la persona en sus relaciones con la Seguridad Social durante toda la vida.
¿Es necesario el NSS para la inclusión en el sistema de la Seguridad Social al estudiantado que realice prácticas académicas externas?
El NSS (o NUSS) del estudiante que realice prácticas académicas externas y tenga que cotizar a la Seguridad Social es imprescindible para solicitar altas, bajas, comunicar los días de prácticas y para llevar a cabo la liquidación de cuotas.
¿Cómo se puede solicitar el NSS?
¿Cómo puede solicitar el NSS el estudiantado extranjero que no dispone de NIE?
¿Qué hará la FDSL si el estudiante de prácticas no aporta el NUSS (NSS)?
La FDSL procederá a anular la matrícula de las prácticas académicas externas curriculares sin derecho a devolución, según procedimiento establecido.
¿Cómo será la cotización?
La cotización a la Seguridad Social, tanto en el caso de prácticas remuneradas como de las no remuneradas, se ajustará a las previsiones siguientes:
PRÁCTICAS NO REMUNERADAS
Importe cotización a la Seguridad Social (RD 2/2023)
| Importe cuota (€/dia) | Sin bonificación | Bonificación 95% | ||||||
| Empresa | Trabajador/a | TOTAL | Máximo mensual | Empresa | Trabajador/a | TOTAL | Máximo mensual | |
| Contingencias comunes | 2,36 € | – | 2,36 € | 53,59 € | 0,12 € | – | 0,12 € | 2,68 € |
| Contingencias profesionales | 0,29 € | – | 0,29 € | 6,51 € | 0,29 € | – | 0,29 € | 6,51 € |
| TOTAL | 2,65 € | – | 2,65 € | 60,10 € | 0,41 € | – | 0,41 € | 9,19 € |
Este coste puede variar en función de las bases de cotización que se establezcan en el año 2024.
¿Cuándo se puede producir una baja por incapacidad temporal (IT) [contingencias profesionales]?
Se denominan contingencias profesionales los sucesos que tienen su origen en el desarrollo de una actividad laboral y que produzcan alteraciones de la salud que tienen la consideración de accidente de trabajo o de enfermedad profesional.
Los accidentes in itinere, aquellos que se producen durante la ida o vuelta del lugar de prácticas, también se consideran contingencias profesionales.
Una baja por IT (contingencias profesionales) solo se puede producir en los días efectivos de prácticas.
¿Cómo se debe comunicar un accidente de trabajo o cualquier otra situación vinculada al nacimiento, cuidado de menores, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural?
Habrá que dirigirse a los centros de asistencia médica de la mutualidad correspondiente (en caso de prácticas no remuneradas, EGARSAT). La mutua se encargará de acreditar la baja, y establecerá, si se tercia, el seguimiento médico.
¿Qué pasa si se anula la matrícula, una vez iniciadas las prácticas?
Si se anula la matrícula, una vez iniciadas las prácticas, se tiene que cotizar por los días efectivos de prácticas realizadas. Se tiene que comunicar la baja con la última práctica realizada.
Si un estudiante está de baja por IT, ¿esta situación se mantendrá hasta que no reciba el alta médica, aunque haya finalizado el curso y no haya superado la asignatura porque no se han podido realizar las prácticas?
Sí. Aunque el curso académico implique el final de la afiliación a la Seguridad Social, las prestaciones por IT tienen que seguir abonándose por parte de la mutua, hasta la desaparición de la situación de IT.
La realización de prácticas, ¿es compatible con una baja que no sea por IT [contingencias profesionales]?
Sí. En caso de que el estudiante esté de baja por otros motivos puede realizar las prácticas.
Si un estudiante se encuentra en situación de baja por maternidad o paternidad en su trabajo, ¿puede darse de alta para realizar prácticas?
Tan solo se puede acceder a la inclusión al sistema de Seguridad Social por la realización de prácticas cuando hayan transcurrido las seis primeras semanas del descanso obligatorio por nacimiento y cuidado de un menor.
Si un estudiante ya está cotizando, ¿tiene que cotizar por las prácticas?
No. Si ya está incluido/a en cualquier de los regímenes del sistema de Seguridad Social por el desarrollo de otra actividad, en situación asimilada, percibiendo una prestación o con la condición de pensionista, no es de aplicación la cotización por las prácticas formativas.
En estos casos la universidad enviará la información de las prácticas a la TGSS por el procedimiento general y será este organismo quien hará las comprobaciones pertinentes.
¿Es necesario un periodo mínimo de cotización para tener derecho a la prestación por incapacidad temporal (IT) o por otras situaciones?
En casos de prácticas no remuneradas simultáneas en dos horarios y entidades diferentes, ¿hay que hacer dos altas diferentes?
NO. Es indiferente si están vinculadas a uno o a varios convenios de cooperación educativa.
En caso de que se realicen dos prácticas no remuneradas simultáneas, ¿qué fechas se deben tener en cuenta a la hora de dar alta/baja al estudiante?
La fecha de alta será la de la práctica que empiece antes y la fecha de la baja será la de la práctica que acabe más tarde. Se tendrá que cotizar por la totalidad de días efectivos que se han realizado las prácticas.
¿A quién se pueden dirigir las consultas sobre la contabilidad de la cotización de prácticas y las diferentes situaciones administrativas?
La Tesorería General de la Seguridad Social ha habilitado los teléfonos 915 410 291 y 901 502 050. Hay que elegir la opción “Ciudadano”.
Si la simultaneidad se da en la realización de prácticas remuneradas y no remuneradas, ¿es compatible el alta en dos grupos de cotización diferentes?
Sí, al tratarse de dos grupos de cotización diferentes, no hay incompatibilidad.
¿Qué tratamiento tienen las prácticas académicas externas que se han iniciado con anterioridad a la entrada en vigor de la disposición adicional?
Las personas que, con anterioridad a la publicación de la ley, hayan realizado prácticas académicas externas, podrán suscribir un convenio especial, una única vez, en los términos y condiciones que determine el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que les posibilita el cómputo de la cotización de las prácticas realizadas antes de la entrada en vigor, hasta un máximo de 5 años y 1.825 días cotizados.
Las universidades tan solo podrán facilitar al estudiante una certificación conforme se han realizado las prácticas, según el modelo que aporte el Ministerio adaptado a la FDSL.
¿Cómo se calcula el número de días efectivos de prácticas de cada mes?
¿A cuántos días de cotización equivale un día de práctica académica externa no remunerada?
Un día de práctica no remunerada equivale a 1,61 días cotizados, sin que se puedan sobrepasar, en ningún caso, el número de días del mes correspondiente. Las fracciones de día que puedan resultar del coeficiente anterior se computarán como un día completo.
¿Qué incluye la acción protectora de la Seguridad Social al dar de alta a un/a estudiante?
¿Qué datos se incluirán a los informes de vida laboral?
En los informes de vida laboral se incluirán los periodos de alta, el número de días de prácticas efectivamente realizadas y comunicadas y, si procede, el número de días comunicados de las situaciones de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales o del resto de prestaciones incluidas.
¿Qué pasa si el estudiante está de baja laboral?
¿Cuántos días, como máximo, se pueden recuperar por no asistencia a las prácticas por una IT o ausencia justificada?
No se garantiza la recuperación de más de 5 días de prácticas.
Si la IT se alarga más de 5 días, no se podrá garantizar la recuperación de las prácticas.
¿Cuándo se podrá realizar la recuperación de las prácticas?
Las prácticas se podrán recuperar, previo pacto con el centro de prácticas y siempre dentro del calendario académico.
No se podrán recuperar las prácticas durante los periodos vacacionales de Navidad, Semana Santa, ni más allá de la última semana de junio.
Podéis ampliar la información en la página oficial de la Seguridad Social.
¿Es un máster oficial o propio?
• Se trata de un máster propio, es decir, permite obtener un título otorgado por la UAB. Su reconocimiento depende de las instituciones a las cuales el estudiante titulado solicite su consideración. No obstante, es necesario tener en cuenta que los másteres propios no dan acceso a un programa de doctorado.
¿Puedo convalidar las prácticas?
• Se puede convalidar medio período de prácticas acreditando que se tiene un mínimo de un año de experiencia en bloque quirúrgico en rol enfermero. Se tendrá que certificar por parte del centro de trabajo.
¿Puedo hacer las prácticas en el mismo centro donde trabajo?
• Sí, siempre que la EUIT tenga un convenio de prácticas firmado con el centro y que tengas la puntuación necesaria a nivel de baremación en el proceso interno de adjudicación.
• En el caso de no tener un convenio de prácticas firmado, el estudiante puede proponer su centro para realizar las prácticas. En este caso puntual, se trabajará para firmar un convenio de prácticas con el centro propuesto y se requerirá la proactividad del estudiante para conseguirlo.
¿En qué período se hacen las prácticas?
• Solo se plantean prácticas para el diploma de especialización y primer año de máster, que se hacen durante 8 semanas entre los meses de marzo y mayo.
¿Entonces, no haré prácticas durante el segundo año de máster?
• Para el segundo año de máster no hay previsto un período de prácticas.
¿En qué horarios/turnos puedo hacer las prácticas?
• Las prácticas se hacen de lunes a viernes en turno de mañana (8-13.30 h) o de tardes (15-20.30 h).
¿Puedo convalidar el primer año de máster?
• Sólo puedes acceder al segundo año de máster si has cursado el diploma de especialización en Enfermería Quirúrgica de la EUIT, en cualquier edición.
Pasos a realizar:
1) Rellena el formulario de inscripción al máster.
2) Recibirás un correo electrónico con los datos para realizar el pago por transferencia de reserva de plaza.
3) Te acompañaremos durante el proceso de matrícula indicando los pasos que debes seguir.
¿Se tiene que realizar un trabajo de fin de diploma de especialización/máster?
• Al finalizar el diploma de especialización (y el 1r año de máster), se librará una memoria de prácticas.
• Al finalizar el 2º año de máster se entregará el Trabajo Final de Máster.
¿Qué diferencia hay entre el diploma de especialización y el máster?
Las diferencias entre el diploma de especialización y el máster son la titulación obtenida, la duración y los contenidos de la formación.
• El diploma de especialización consta de 30 ECTS y dura un año.
• El máster consta de 60 ECTS y dura dos años.
• El primer año, el máster y el diploma de especialización comparten contenido de enfermería de quirófano. En el segundo año de máster se incide en ámbitos de práctica avanzada en anestesia y terapia del dolor y en investigación, y se amplían las especialidades de quirófano.
¿Cuál es el período de teoría?
• Para el diploma de especialización (y el 1r año de máster), las clases teóricas y talleres de simulación se dan los lunes y miércoles de 9 a 13.30 h, de octubre a marzo.
• Para el segundo año de máster, las clases teóricas se dan losmartes y jueves de 9 a 13.30 h, de octubre a abril.
¿Me puedo inscribir al diploma de especialización y después hacer el máster?
• Sí. Tienes que solicitar el acceso al 2º curso de máster y realizar la reserva de plaza y matrícula.
¿Existe un tiempo límite para finalizar los estudios?
• No, siempre que la Escuela siga ofreciendo los mismos estudios.
• Si no acabas los estudios durante el tiempo previsto, tendrás que hacer un trámite de “Reincorporación y adaptación a los estudios” con la UAB. Este proceso se hace a través de la Escola de Postgrau de la UAB y será necesario que vuelvas a pagar las tasas correspondientes.